Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación del servicio de recogida domiciliaria de residuos sólidos urbanos de la Mancomunidad Campiña Baja, existen determinadas bonificaciones en la tasa de basura para aquellos vecinos que cumplan los requisitos establecidos en dicha Ordenanza, que se adjuntan para su conocimiento:
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